anexo 1-A tercera parte (07-01-14)

CUARTA SECCION

SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PÚBLICO

ANEXO 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014, publicada el 30 de diciembre de 2013. (Continúa de la Tercera Sección)

(Viene de la Tercera Sección)

145/CFF           Solicitud de programas (software)
¿Quiénes lo presentan?

Personas físicas y morales que requieran algún programa informático.

¿Dónde se presenta?

En la ALSC, se atiende preferentemente con cita.

¿Qué documento se obtiene?

Unidad de memoria extraíble (USB) o (CD) con el software solicitado.

¿Cuándo se presenta?

Cuando se dé el supuesto.

Requisitos:

  • Unidad de memoria extraíble (USB) o (CD).
Disposiciones jurídicas aplicables

Art. 31 CFF.

 

146/CFF           Recepción de otros avisos
¿Quiénes lo presentan?

Personas físicas y morales que deseen presentar algún aviso.

¿Dónde se presenta?

En la ALSC que corresponda al domicilio fiscal del contribuyente.

¿Qué documento se obtiene?

Escrito libre sellado como acuse de recibo.

¿Cuándo se presenta?

Cuando se dé el supuesto.

Requisitos:

  • Escrito libre. (por triplicado)
  • Anexos correspondientes o documentación comprobatoria.
Disposiciones jurídicas aplicables

Arts. 18, 31 CFF.

 

147/CFF           Relación de los socios, accionistas o asociados, residentes en el extranjero de personas morales residentes en México que optan por no inscribirse en el RFC (Forma Oficial 96)
¿Quiénes lo presentan?

Personas morales residentes en México y asociaciones en participación.

¿Dónde se presenta?

Exclusivamente a través de la página de Internet del SAT.

No se aceptarán escritos libres que se presenten a través de las ALSC.

¿Qué documento se obtiene?

Acuse de recibo vía Internet.

¿Cuándo se presenta?

Dentro de los tres primeros meses inmediatos siguientes al cierre de cada ejercicio.

Requisitos:

  • Descargar y completar la Forma Oficial 96 “Relación de Socios, Accionistas o Asociados Residentes en el Extranjero”, de personas morales residentes en México, que optan por no inscribirse en el RFC, disponible en la página de Internet del SAT, siguiendo las instrucciones de la Guía Rápida para presentar a través de Internet dicha Forma Oficial.

Nota: Los contribuyentes podrán acudir a las salas de Internet de cualquier ALSC para completar la mencionada Forma Oficial.

Disposiciones jurídicas aplicables

Art. 27 CFF.

 

148/CFF           Dictamen e informe de donatarias autorizadas para recibir donativos del ISR
¿Quiénes lo presentan?

Las donatarias autorizadas que dictaminen sus estados financieros ya sea directamente o por conducto del Contador Público Registrado.

¿Dónde se presenta?

A través de la página de Internet del SAT, utilizando el SIPRED.

¿Qué documento se obtiene?

Acuse de recibo electrónico.

¿Cuándo se presenta?

En los plazos señalados en las disposiciones fiscales.

Requisitos:

  • Dictamen.
  • Informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente.
  • Cuestionarios diagnóstico fiscal.
  • Declaración “bajo protesta de decir verdad” del representante legal de la donataria y del Contador Público Registrado que elaboró el dictamen.

Nota: Toda la información será procesada de acuerdo con los instructivos que se encuentran para su consulta en la página de Internet del SAT.

Cuando las donatarias presenten dictamen con motivo de su liquidación, éste se podrá presentar tanto por el ejercicio comprendido entre el 1 de enero del año de calendario en el que ocurra la liquidación y la fecha en que se presente el aviso de liquidación, así como por el ejercicio en que la donataria esté en liquidación; el dictamen de referencia se presentará dentro de los tres meses siguientes a la presentación de la declaración que con motivo de la liquidación deba elaborarse.

Disposiciones jurídicas aplicables

Arts. 32-A, 52 CFF, Regla II.2.9.4. RMF.

 

149/CFF           Aviso para renunciar a la presentación del dictamen fiscal
¿Quiénes lo presentan?

Personas físicas y morales.

¿Dónde se presenta?

En la ALAF.

¿Qué documento se obtiene?

Escrito libre sellado como acuse de recibo.

¿Cuándo se presenta?

A más tardar el último día del mes en que debía presentarse el dictamen.

Requisitos:

  • Escrito libre.
Disposiciones jurídicas aplicables

Art. 66 Reglamento del CFF.

 

150/CFF           Aviso que presenta el Contador Público Registrado cuando el contribuyente no acepte o no esté de acuerdo con el dictamen formulado por el Contador Público Registrado, en el que manifieste “bajo protesta de decir verdad” las razones o motivos por los cuales el contribuyente no acepta o no está de acuerdo con su dictamen para efectos fiscales
¿Quiénes lo presentan?

Personas físicas y morales.

¿Dónde se presenta?

En la AGGC o

En la ALAF.

¿Qué documento se obtiene?

Escrito libre sellado como acuse de recibo.

¿Cuándo se presenta?

A más tardar en la fecha en que venza el plazo para la presentación del dictamen.

Requisitos:

  • Escrito libre.
Disposiciones jurídicas aplicables

Arts. 32-A, 52 CFF.

 

151/CFF           Aviso que presenta el representante legal de los organismos descentralizados o fideicomisos con fines no lucrativos que formen parte de la Administración Pública Estatal o Municipal, en el que manifieste “bajo protesta de decir verdad” que su representada no tiene fines lucrativos y que, por ello no dictaminarán sus estados financieros
¿Quiénes lo presentan?

Organismos Descentralizados o fideicomisos con fines no lucrativos.

¿Dónde se presenta?

Ante la ALAF que corresponda al domicilio fiscal.

¿Qué documento se obtiene?

Escrito libre sellado como acuse de recibo.

¿Cuándo se presenta?

A más tardar el 31 de mayo.

Requisitos:

  • Escrito libre.

 

 

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