El primer envío de la contabilidad electrónica (Catálogo de cuentas y Balanza de comprobación) debe realizarse a más tardar el 3 de marzo, con la información correspondiente a enero de 2015.
Fundamento legal: ( 484 KB) Regla I.2.8.1.7, fracciones I y II, inciso a, y artículo Tercero Resolutivo, fracción I, inciso b, del Proyecto de la Séptima Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014. to legal: (617. kB) Regla I.2.7.2.2 y (2,919 kB) artículo Décimo Séptimo Transitorio de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014.
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