SEGUNDA SECCION
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
ANEXO 21 de la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2015, publicada el 3 de marzo de 2015.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Servicio de Administración Tributaria.
Anexo 21 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2015
Contenido
Documentos digitales I. De los documentos digitales: A. Estándar de recepción de documentos digitales B. Generación de la firma y sello para documentos digitales C. Estándar y uso del tipo de documento digital obligatorio: SelloDigital D. Especificación técnica del código de barras bidimensional E. Uso de la facilidad de nodos opcionales <Tipo de Documentos Digitales> II. Del envío y manejo de la información III. De los acuses IV. Del cierre del día V. Del mecanismo de comunicación entre el Prestador de Servicios y el contribuyente. |
I. De los documentos digitales:
A. Estándar de recepción de documentos digitales
El contribuyente que opte por emitir documentos digitales deberá generarlos bajo el siguiente estándar XSD base y los XSD complementarios que requiera, validando su forma y sintaxis en un archivo con extensión XML.
Para poder ser validado, el documento digital deberá estar referenciado al namespace y la validación del mismo a la ruta publicada por el SAT en donde se encuentra el esquema XSD objeto de la presente sección (http://esquemas.clouda.sat.gob.mx/archivos /DoctosDigitales/1/DoctoDigital.xsd) de la siguiente manera:
< DD:DoctoDigital
xmlns:DD=» http://esquemas.clouda.sat.gob.mx/archivos /DoctosDigitales/1″
xmlns:xsi=»http://www.w3.org/2001/XMLSchema-instance»
xsi:schemaLocation=»
http://esquemas.clouda.sat.gob.mx/archivos /DoctosDigitales/1
http://esquemas.clouda.sat.gob.mx/archivos /DoctosDigitales/1/DoctoDigital.xsd»
……………..
</ DD:DoctoDigital>
Y realizar las validaciones adicionales de información que cada estándar solicite.
Adicionalmente a las reglas de estructura planteadas dentro del presente estándar, el contribuyente que opte por este mecanismo de generación de documentos digitales deberá sujetarse tanto a las disposiciones fiscales vigentes, como a los lineamientos técnicos de forma y sintaxis para la generación de archivos XML especificados por el consorcio w3, establecidos en www.w3.org.
En particular se deberá tener cuidado de que aquellos casos especiales que se presenten en los valores especificados dentro de los atributos del archivo XML como aquellos que usan el carácter &, el carácter “, el carácter ‘, el carácter < y el carácter > que requieren del uso de secuencias de escape.
En el caso del & se deberá usar la secuencia &
En el caso del “ se deberá usar la secuencia "
En el caso del < se deberá usar la secuencia <
En el caso del > se deberá usar la secuencia >
En el caso del ‘ se deberá usar la secuencia '
Ejemplos:
Para representar nombre=“Juan & José & “Niño”” se usará nombre=”Juan & José & "Niño"”
Cabe mencionar que la especificación XML permite el uso de secuencias de escape para el manejo de caracteres acentuados y el carácter ñ, sin embargo, dichas secuencias de escape no son necesarias al expresar el documento XML bajo el estándar de codificación UTF-8 si fue creado correctamente.
Para los atributos que sean referidos a un tipo especial de catálogo, tipo de dato simple o tipo de dato complejo globales, utilizados por los documentos digitales en sus diversos esquemas, se publican en formato xsd en la ruta: http://esquemas.clouda.sat.gob.mx/archivos/DoctosDigitales/1/Catalogos/CatDoctoDigital.xsd
para ser incluídos cuando el documento digital lo requiera, ya sea en el estándar de documentos digitales o en la facilidad de nodos opcionales <Tipo de Documentos Digitales>.
Para el documento digital Contabilidad Electrónica, los catálogos se publican en la ruta: http://www.sat.gob.mx/esquemas/ContabilidadE/1_1/CatalogosParaEsqContE/CatalogosParaEsqContE.xsd
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