Se publica la RESOLUCIÓN DE FACILIDADES ADMINISTRATIVAS 2020 (D.O. 18-02-20)

PODER EJECUTIVO

SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO

RESOLUCIÓN de facilidades administrativas para los sectores de contribuyentes que en la misma se señalan para 2020.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- HACIENDA.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Servicio de Administración Tributaria.

RESOLUCIÓN de facilidades administrativas para los sectores de contribuyentes que en la misma se señalan para 2020.

Con fundamento en los artículos 16 y 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 33, fracción I, inciso g) del Código Fiscal de la Federación; 14, fracción III de la Ley del Servicio de Administración Tributaria; 8 del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria; Noveno, fracciones XXIII y XLI del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto al Valor Agregado; de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios; de la Ley Federal de Derechos, se expide la Ley del Impuesto sobre la Renta, y se abrogan la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única y la Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 11 de diciembre de 2013 y 77 del Reglamento de la Ley del Impuesto al Valor Agregado,

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