Generales
1. Soy una empresa dedicada al transporte de bienes y/o mercancías, ¿es necesario expedir el CFDI (factura) de tipo ingreso con complemento Carta Porte para estar en posibilidad de acreditar su traslado en territorio nacional?
Sí, debes emitir el CFDI (factura) de tipo ingreso con complemento Carta Porte y generar la representación impresa, en papel o en formato digital de este, para acreditar la tenencia y el traslado de los bienes y/o mercancías en territorio nacional.
Fundamento: Artículos 29 y 29-A del CFF, 146 de la LA, reglas 2.7.1.8. y 2.7.1.9. de la RMF vigente.
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