TERCERA SECCION
SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
CUARTA Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018 y sus Anexos 1, 1-A, 3, 7, 11 y 23. (Continúa en la Cuarta Sección).
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Servicio de Administración Tributaria.
CUARTA RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2018 Y SUS ANEXOS 1, 1-A, 3, 7, 11 Y 23
Con fundamento en los artículos 16 y 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 33, fracción I, inciso g) del Código Fiscal de la Federación, 14, fracción III de la Ley del Servicio de Administración Tributaria y 8, primer párrafo del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria se resuelve:
PRIMERO. Se reforma la regla 2.7.1.47., tercer párrafo; 3.1.15., fracción II, inciso c); 3.2.8., epígrafe y segundo párrafo; 3.2.10., epígrafe y primer párrafo; 3.2.13.; 3.10.30., el Capítulo 11.5. Del Decreto por el que se otorgan estímulos fiscales para incentivar el uso de medios electrónicos de pago, publicado en el DOF el 8 de noviembre de 2018, que comprende las reglas 11.5.1. a la 11.5.9.; se adicionan las reglas 3.2.8., con un cuarto y quinto párrafos, pasando los actuales cuarto y quinto a ser sexto y séptimo párrafos; 3.2.25.; 3.11.12., 3.21.3.11., 4.6.7. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018, para quedar de la siguiente manera:
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