Sabía Usted que (Abril 2014)

La reforma fiscal federal para 2014 nos trajo una serie de aspectos dignos de reflexionar. Uno de ellos es el régimen fiscal de los DIVIDENDOS, que es el tema que voy a tratar en esta ocasión y lo dividiré en dos documentos. Empecemos.

 

La gran mayoría de las personas morales en nuestro país son sociedades mercantiles, principalmente sociedad anónima; y dentro de este grupo podemos señalar, sin temor a equivocarnos, que muchas de ellas son medianas y pequeñas empresas. No es la intención abordar el tema estadístico en el presente análisis, pero si es importante señalar que es sumamente urgente fortalecer la cultura que los accionistas deben recibir dividendos de sus empresas, rendimientos de su capital invertido para evitar, o al menos disminuir, el riesgo latente de la «discrepancia fiscal»; figura que hoy por hoy adquiere mucha fuerza y es muy seguro que vaya a ser el pan de cada día en las auditorias fiscales hacia las personas físicas a partir de esta año 2014. En fin, tema de otro momento.

Como todos sabemos, las empresas (personas morales) están obligadas por la Ley del Impuesto Sobre la Renta a llevar un control de aquellas utilidades que ya hayan pagado el ISR correspondiente, esto a través de determinar en cada ejercicio la Utilidad Fiscal Neta (UFIN) del mismo para integrar a su vez la Cuenta de Utilidad Fiscal Neta (CUFIN) de la empresa. Repito, estos conceptos son un control fiscal sobre aquellas utilidades que ya pagaron ISR.

 

Ahora bien, el aspecto que deseo analizar en esta ocasión es el impacto de la reforma fiscal para este año 2014 en lo que se refiere a la distribución de los dividendos por parte de las empresas con respecto al tratamiento que se le daba anterior a esta reforma.

 

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1 comentario a Sabía Usted que (Abril 2014)

  • FERNANDO DORANTES  dice:

    GRACIAS POR EL ANALISIS MASTER

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