Categoria Grupo CO-IN DOF

Se publica la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio 2015 (D.O. 13-11-14)

ENRIQUE PEÑA NIETO, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:

Que el Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente

DECRETO

«EL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, D E C R E T A :

SE EXPIDE LA LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL DE 2015

ARTÍCULO ÚNICO. Se expide la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2015.

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Diario Oficial de la Federación 10 de Noviembre de 2014 (INPC Octubre 2014)

ÍNDICE NACIONAL DE PRECIOS AL CONSUMIDOR

Con fundamento en los artículos 59, fracción III, inciso a) de la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, 20 y 20-bis del Código Fiscal de la Federación, y 23 fracción X del Reglamento Interior del Instituto Nacional de Estadística y Geografía corresponde al Instituto elaborar el Índice Nacional de Precios al Consumidor y publicar los mismos en el Diario Oficial de la Federación, por lo que se da a conocer lo siguiente:

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Diario Oficial de la Federación 11 de Noviembre de 2013

Que el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 establece como objetivo del Gobierno Federal, llevar a México a su máximo potencial, buscando el bienestar de las familias mexicanas;

Que para el cumplimiento de dicho objetivo, en el Plan Nacional de Desarrollo se establecen cinco Metas Nacionales y se definen tres Estrategias Transversales, entre estas últimas se encuentra la de Democratizar la Productividad, mediante la cual se propone establecer políticas públicas que generen los estímulos correctos para integrar a todos los mexicanos en la economía formal, así como prever de manera integral la política de ingresos y gastos para que las estrategias y programas del Gobierno Federal induzcan la formalidad, e incentivar, entre todos los actores de la actividad económica, el uso eficiente de los recursos productivos, con el propósito de que las oportunidades y el desarrollo lleguen a todas las regiones, a todos los sectores y a todos los grupos de la población;

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Se publica la Quinta Resolución de modificaciones a la RMF para 2014 (D.O. 16-10-14)

QUINTA RESOLUCION DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL PARA 2014 Y SUS ANEXOS 1, 1-A, 3, 11, 14, 15, 17 y 23

Con fundamento en los artículos 16 y 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 33, fracción I, inciso g) del Código Fiscal de la Federación, 14, fracción III de la Ley del Servicio de Administración Tributaria y 3, fracción XXII del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria se resuelve:

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Se publica el Decreto que Reforma el RLIVA (D.O. 25-09-14)

DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN, ADICIONAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL REGLAMENTO DE LA LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO

ARTÍCULO ÚNICO. Se REFORMAN los artículos 1, fracciones III y IV; 10; 20, fracciones III, IV, primer párrafo y V; 23; 24, primer párrafo; 25; 39; 46, fracción II; 47; 53; 56; 60; 62, primer párrafo; se ADICIONAN los artículos 10-A; 22-A; 22-B; 39-A; 40-A, y se DEROGAN los artículos 2; 5; 22; 52; 63, fracción III; 71; 72 y 73, así como la Sección III “De los servicios de hotelería y conexos para congresos, convenciones, exposiciones o ferias” del Capítulo VI que comprende los artículos 64 al 70, del Reglamento de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, para quedar como sigue:

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Se publica la Cuarta Resolución de Modificaciones a la RMF para 2014 (D.O. 23-09-14)

CUARTA RESOLUCION DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL PARA 2014

Con fundamento en los artículos 16 y 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 33, fracción I, inciso g) del Código Fiscal de la Federación, 14, fracción III de la Ley del Servicio de Administración Tributaria y 3, fracción XXII del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria se resuelve:

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Se publica Primera Resolución de Modificaciones a la RMCE 2014 (D.O. 01-09-14)

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Servicio de Administración Tributaria.

Con fundamento en los artículos 16 y 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1º y 144 de la Ley Aduanera; 33, fracción I, inciso g) del Código Fiscal de la Federación; 14, fracción III de la Ley del Servicio de Administración Tributaria y 3, fracción XXII del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, el Servicio de Administración Tributaria resuelve expedir la:

PRIMERA RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LAS REGLAS DE CARÁCTER GENERAL EN MATERIA DE COMERCIO EXTERIOR PARA 2014 Y SUS ANEXOS 1, 10 Y 21

Primero. Se realizan las siguientes reformas y adiciones a la Resolución que establece las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2014, publicada en el DOF el 29 de agosto de 2014:

A.     Se reforman las siguientes reglas:

  • 1.3.3. tercer párrafo.
  • 1.6.19. fracción IV.
  • 1.6.27. párrafos primero y segundo.
  • 1.6.28. párrafos segundo, tercero y quinto.
  • 2.5.1. segundo párrafo de la fracción III.
  • 4.8.6. tercer párrafo.

B.    Se adicionan las siguientes reglas:

  • 1.3.3. con las fracciones XXXVII, XXXVIII y XXXIX.
  • 1.6.28. con un séptimo y octavo párrafos.
  • 2.2.7. con un tercer párrafo.
  • 2.5.2. con un tercer párrafo a la fracción III.
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Se publica Anexo 14 de la RMF para 2014 (D.O. 18-07-14)

Anexo 14 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014

Contenido

* Información generada desde el 1 de Enero hasta el 09 de Mayo de 2014, de conformidad con el artículo 36-Bis del CFF.

1.     Autorizaciones.

A.   Organizaciones civiles y fideicomisos asistenciales (artículo 79, fracción VI de la Ley del ISR)

B.   Organizaciones civiles y fideicomisos educativos (artículo 79, fracción X de la Ley del ISR)

C.   Organizaciones civiles y fideicomisos para la investigación científica o tecnológica (artículo 79, fracción XI de la Ley del ISR)

D.   Organizaciones civiles y fideicomisos culturales (artículo 79, fracción XII de la Ley del ISR)

E.   Organizaciones civiles y fideicomisos becantes (artículos 79, fracción XVII y 83 de la Ley del ISR)

F.   Organizaciones civiles y fideicomisos ecológicos (artículo 79, fracción XIX de la Ley del ISR)

G.   Organizaciones civiles y fideicomisos para la reproducción de especies en protección y peligro de extinción (artículo 79, fracción XX de la Ley del ISR)

H.   Organizaciones civiles y fideicomisos de apoyo económico de donatarias autorizadas (artículo 82 penúltimo párrafo de la Ley del ISR)

I.    Organizaciones civiles y fideicomisos para obras o servicios públicos (artículo 31, segundo párrafo del Reglamento de la Ley del ISR)

J.   Organizaciones civiles y fideicomisos propietarios de bibliotecas privadas con acceso al público en general (artículo 114 del Reglamento de la Ley del ISR)

K.   Organizaciones civiles y fideicomisos propietarios de museos privados con acceso al público en general (artículo 114 del Reglamento de la Ley del ISR)

  1.    Organizaciones civiles y fideicomisos de desarrollo social (artículo 79, fracción XXV de la Ley del ISR).
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LEY TELECOM (D.O. 14-07-14)

EL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, D E C R E T A:

SE EXPIDEN LA LEY FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES Y RADIODIFUSIÓN, Y LA LEY DEL SISTEMA PÚBLICO DE RADIODIFUSIÓN DEL ESTADO MEXICANO; Y SE REFORMAN, ADICIONAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES EN MATERIA DE TELECOMUNICACIONES Y RADIODIFUSIÓN.

ARTÍCULO PRIMERO.- Se expide la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.

LEY FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES Y RADIODIFUSIÓN

TÍTULO PRIMERO

Del Ámbito de Aplicación de la Ley y de la

Competencia de las Autoridades

Capítulo I

Disposiciones Generales

Artículo 1. La presente Ley es de orden público y tiene por objeto regular el uso, aprovechamiento y explotación del espectro radioeléctrico, las redes públicas de telecomunicaciones, el acceso a la infraestructura activa y pasiva, los recursos orbitales, la comunicación vía satélite, la prestación de los servicios públicos de interés general de telecomunicaciones y radiodifusión, y la convergencia entre éstos, los derechos de los usuarios y las audiencias, y el proceso de competencia y libre concurrencia en estos sectores, para que contribuyan a los fines y al ejercicio de los derechos establecidos en los artículos 6o., 7o., 27 y 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

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Se publica el Anexo 24 de la RMF para 2014 (D.O. 11-07-14)

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Servicio de Administración Tributaria.

Anexo 24 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014

Contabilidad en Medios Electrónicos

Contenido

A.     Catálogo de cuentas utilizado en el periodo.

  1.     Código Agrupador de cuentas del SAT.
  2.     Balanza de comprobación que incluya saldos iniciales, movimientos del periodo y saldos finales de todas y cada una de las cuentas de activo, pasivo, capital, resultados (ingresos, costos, gastos) y cuentas de orden.
  3.     Información de las pólizas generadas incluyendo el detalle por transacción, cuenta, subcuenta y partida, así como sus auxiliares.
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