SAT: REVISIONES ELECTRÓNICAS INICIAN EN SEPTIEMBRE; PRODECON:
LOS CONTRIBUYENTES PUEDEN ACOGERSE AL ACUERDO CONCLUSIVO
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SAT: REVISIONES ELECTRÓNICAS INICIAN EN SEPTIEMBRE; PRODECON:
LOS CONTRIBUYENTES PUEDEN ACOGERSE AL ACUERDO CONCLUSIVO
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INPC JUNIO DE 2016 |
118.901 |
INPC MAYO DE 2016 |
118.770 |
INPC ABRIL DE 2016 |
119.302 |
INPC MARZO DE 2016 |
119.681 |
INPC FEBRERO DE 2016 |
119.505 |
INPC ENERO DE 2016 |
118.94 |
Inflación del mes de JUNIO fue de.- 0.11%
Inflación acumulada en el año al mes de JUNIO.- 0.31%»
Leer Mas«Requisitos de los comprobantes»
REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LAS FACTURAS ELECTRÓNICAS (CFDI)
Los requisitos que deben reunir las Facturas Electrónicas (CFDI) son:
I. Clave del Registro Federal de Contribuyentes de quien los expida.
II. Régimen Fiscal en que tributen conforme a la Ley del ISR (Consulte el procedimiento para obtener el régimen fiscal).
III. Sí se tiene más de un local o establecimiento, se deberá señalar el domicilio del local o establecimiento en el que se expidan las Facturas Electrónicas.
IV. Contener el número de folio asignado por el SAT y el sello digital del SAT.
V. Sello digital del contribuyente que lo expide.
VI. Lugar y fecha de expedición.
VII. Clave del Registro Federal de Contribuyentes de la persona a favor de q...
Leer MasCOMUNICADO DE PRENSA
Ciudad de México, a 14 de junio de 2016
El SAT está listo para recibir a paisanos durante el periodo vacacional de verano
Como parte del Programa Paisano, del 12 de junio al 17 de agosto se otorgan diversas facilidades para agilizar el ingreso de mexicanos a territorio nacional. En este periodo, la franquicia se incrementa de 300 a 500 dólares. Durante este periodo vacacional de verano, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través del Servicio de Administración Tributaria (SAT) se une al Programa Paisano, que estará vigente del 12 de junio al 17 de agosto, y ofrece facilidades a los mexicanos que regresen al país, entre los que destaca el aumento de la franquicia a 500 dólares a quienes ingresen vía terrestr... |
¿Ha cambiado la manera de señalar el método de pago en una factura?
A partir del 15 de julio debes asentar en el apartado Método de pago en lugar del concepto (cheque, efectivo, transferencia, tarjeta, etc.) la clave correspondiente, conforme al siguiente catálogo:
Clave |
Descripción |
01 |
Efectivo |
02 |
Cheque nominativo |
03 |
Transferencia electrónica de fondos |
04 |
Tarjeta de crédito |
05 |
Monedero electrónico |
06 |
Dinero electrónico |
08 |
Vales de despensa |
28 |
Tarjeta de débito |
29 |
Tarjeta de servicio |
99 |
Otros |
Fundamento legal: (1.13 MB) artículo 29-A, fracción VII, inciso c, del Código Fiscal de la Federación y (619 KB) regla 2.7.1.32 de la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal par...
Leer MasÍNDICE NACIONAL DE PRECIOS AL CONSUMIDOR
Con fundamento en los artículos 59, fracción III, inciso a) de la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, 20 y 20-bis del Código Fiscal de la Federación, y 23 fracción X del Reglamento Interior del Instituto Nacional de Estadística y Geografía corresponde al Instituto elaborar el Índice Nacional de Precios al Consumidor y publicar los mismos en el Diario Oficial de la Federación, por lo que se da a conocer lo siguiente:
Con base en la segunda quincena de diciembre de 2010=100 el Índice Nacional de Precios al Consumidor del mes de mayo 2016 es 118.770 puntos. Esta cifra representa una variación de -0.45 por ciento respecto del índice correspondiente al mes de abril de 2016, que fue de 119.302...
Afíliate con nosotros a ANAFINET…..
En esta ocasión nos acompañará el Lic. Jesús Antonio Rodríguez Millán, Delegado de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, la PRODECON, con un tema de mucho interés para evitar abusos de las autoridades fiscales y como una muy buena opción ante las auditorias fiscales, «ACUERDOS CONCLUSIVOS».
Leer MasLa SCJN resolvió que es constitucional realizar la contabilidad electrónica, pero no se ha pronunciado sobre la obligación de entregarla mensualmente al SAT
el Contribuyente Martes, 17 de Mayo de 2016
A partir del 9 de mayo pasado, los contribuyentes tienen la obligación de realizar la contabilidad electrónica, sin excepción, resolvió la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
Los cinco ministros de la Segunda Sala de la Corte votaron a favor del dictamen que consideraba como improcedente conceder la suspensión para quienes se amparen contra la e-contabilidad.
Los contribuyentes buscaban ampararse contra la fracción tercera del artículo 28 del Código Fiscal de la Federación, que reglamenta la contabilidad electrónica.
“Los registros o asientos que integran la contabilidad se llevarán en medios electrónicos conforme lo establezca el Reglamento del Código y las disposiciones de carácter general que emita el Servicio de Administración Tributaria (SAT)”, establece dicho artículo.
Los causantes no sólo tendrán la obligación de realizar la e-contabilidad, también deberán guardar en el domicilio fiscal los documentos comprobatorios usados en la misma.
Leer MasENRIQUE PEÑA NIETO, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y con fundamento en el artículo 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y en la Ley del Impuesto sobre la Renta, he tenido a bien emitir el siguiente
DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL REGLAMENTO DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
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