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“Tarifas de Personas Físicas para 2018”
La inflación es y seguirá siendo un fenómeno económico en el mundo que destruye los ingresos de quien produce y merma por mucho los ahorros, capacidad de pagos, etc. y nuestro país no es la excepción.
Desde el año 1987 que en México se le dio reconocimiento fiscal a esta situación, se han presentado muchísimos ajustes en las diversas disposiciones fiscales. Tal es el caso del actual «AJUSTE ANUAL POR INFLACIÓN, LA DEDUCCIÓN DE INVERSIONES, etc.» Solo por citar algunos ejemplos.
La Norma de Información Financiera (NIF) A-1 ESTRUCTURA DE LAS NORMAS DE INFORMACIÓN FINANCIERA en su párrafo 3, define a la contabilidad de la siguiente manera:
«(3) La contabilidad es una técnica que se utiliza para el registro de las operaciones que afectan económicamente a una entidad y que produce sistemática y estructuradamente información financiera. Las operaciones que afectan económicamente a una entidad incluyen las transacciones, transformaciones internas y otros eventos.»
El artículo 18 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR), señala una serie de ingresos que se deben considerar acumulables; en su fracción IV, establece que se considera ingreso acumulable la «ganancia derivada de la enajenación de activos fijos, entre otros.
Por otra parte, el artículo 31 en su penúltimo párrafo de la misma LISR, establece el cómo se determina esta ganancia, definiéndolo de la siguiente manera:
C.P.C. y M.I. José Luis Leal Martínez
Socio director de LEAL MARTÍNEZ Y COMPAÑÍA, S.C., integrante de Grupo CO-IN, Especialistas en Análisis, Asesoría y Planeación Fiscal.
Catedrático en FACPYA – UANL a nivel Licenciatura, Diplomado y Posgrado en el área Fiscal.
Presidente de la Comisión Fiscal de ANAFINET e integrante de la Comisión Fiscal de AMCP, Colegio Nacional de Contadores Públicos, A.C.
Socio, expositor y Representante en Nuevo Leon , de ANAFINET y de la AMCP CRS. Socio del ICPNL, del IMCP y socio y ex presidente de la EX-A-FACPYA.
Coautor del libro Manual de Régimen de Incorporación Fiscal.
En la reforma fiscal de este año 2017, se incluyó una disposición, que bajo mi perspectiva, la considero algo peligrosa y dañina...
«Importante información respecto a DIVIDENDOS que debemos tener presente. Estamos a la orden (jllm)»
En boletines anteriores se ha analizado el tema de la determinación de la Utilidad Fiscal Neta, concretamente en los boletines de Abril y Mayo del presente año, y debido a lo necesario de contar con información oportuna y empezar a preparar el cierre del ejercicio 2014 de manera correcta pero sobre todo, tomar las decisiones adecuadas como parte del paquete de estrategias a observar para el cierre del ejercicio, en esta ocasión quiero felicitar muy sinceramente a las autoridades fiscales por algo que creo sumamente importante.
Leer MasUna de las obligaciones fiscales que debemos cumplir es la «emision de constancias de retenciones» que siempre ha existido; sin embargo, a partir de este año 2014 se debe cumplir de cierta manera que no estábamos acostumbrados a hacerlo. Pretendo en esta ocasión, hacer una reseña sobre en qué casos se debe dar cumplimiento y de qué manera.
Leer MasContinuando con el material anterior, correspondiente al mes de abril, ahora abordaremos de manera muy sencilla el impacto de la reforma fiscal federal para 2014 en el tema de los dividendos. Nuevas disposiciones por demás impactantes a los contribuyentes y que no he visto que alguien alce la voz por esto. Veamos.
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