Se publica en el D.O. el Reglamento de los Artículos 121 y 122 de la LFT (D-O-F- 05-05-14)

ENRIQUE PEÑA NIETO, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y con fundamento en los artículos 31 y 40 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y 121 y 122 de la Ley Federal del Trabajo, he tenido a bien expedir el siguiente

REGLAMENTO DE LOS ARTÍCULOS 121 Y 122 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO

CAPÍTULO PRIMERO

Disposiciones Generales

ARTÍCULO 1o.- El presente ordenamiento tiene por objeto regular el procedimiento relativo a las objeciones de los trabajadores a la declaración anual del impuesto sobre la renta y sus anexos, que presente el patrón ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través del Servicio de Administración Tributaria.

Las objeciones de los trabajadores a que se refiere el párrafo que antecede, tienen el carácter de denuncia de irregularidades en materia fiscal y laboral y, por lo tanto, la aplicación de este Reglamento y las resoluciones que del mismo deriven son de interés público y social.

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Sabía Usted que (Abril 2014)

La reforma fiscal federal para 2014 nos trajo una serie de aspectos dignos de reflexionar. Uno de ellos es el régimen fiscal de los DIVIDENDOS, que es el tema que voy a tratar en esta ocasión y lo dividiré en dos documentos. Empecemos.

La gran mayoría de las personas morales en nuestro país son sociedades mercantiles, principalmente sociedad anónima; y dentro de este grupo podemos señalar, sin temor a equivocarnos, que muchas de ellas son medianas y pequeñas empresas. No es la intención abordar el tema estadístico en el presente análisis, pero si es importante señalar que es sumamente urgente fortalecer la cultura que los accionistas deben recibir dividendos de sus empresas, rendimientos de su capital invertido para evitar, o al menos disminuir, el riesgo latente de la «discrepancia fiscal»; figura que hoy por hoy adquiere mucha fuerza y es muy seguro que vaya a ser el pan de cada día en las auditorias fiscales hacia las personas físicas a partir de esta año 2014. En fin, tema de otro momento.

Como...

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Folio 36/2013-2014 Dictamen Fiscal 2013

Folio 36/2013-2014 Dictamen Fiscal 2013

Propuesta de texto del modelo de Informe del auditor independiente para efectos fiscales, sugerido por las
Comisiones de AGAFF y de la CONAA

A LOS CUERPOS DIRECTIVOS DE LOS COLEGIOS FEDERADOS

El Comité Ejecutivo Nacional del IMCP a través de las Vicepresidencias de
Fiscal y de Legislación dan a conocer por conducto de la Comisión
Representativa del IMCP ante las Administraciones Generales de Fiscalización
del SAT (AGAFF), en forma conjunta con la Comisión de Normas de Auditoría
y Aseguramiento (CONAA), que han concluido con el modelo sugerido del
Informe del auditor independiente para la presentación del dictamen fiscal
2013.

Este informe cumple con las normas de actuación de la profesión, con las
normas fiscales y con el marco aplicable para los informes fiscales,
consistente en su cumplimiento, aspecto que se toma en cuenta en el
modelo sugerido, destacándose lo siguiente:

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AVISO DE SEGURIDAD ( llamadas telefónicas o el envío de mensajes a través de cartas, comunicados y correos electrónicos que no pertenecen al Servicio de Administración Tributaria)

AVISO DE SEGURIDAD

¡NO TE DEJES SORPRENDER!

Se ha identificado que existen llamadas telefónicas o el envío de mensajes a través de cartas, comunicados y correos electrónicos que no pertenecen al Servicio de Administración Tributaria ni a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, que pretenden sorprenderte, ya que informan sobre supuestas irregularidades fiscales y solicitan ingresar a una liga, que podría ser un virus, llenar formularios en los que te pide una serie de datos generales, además de los de alguna tarjeta de crédito, para devolverte un supuesto saldo a favor, evitar supuestas acciones legales o actualizar tus datos.

 

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Verifica el SAT expedición de facturas en comercios de AICM

COMUNICADO DE PRENSA

México, D. F., a 02 de junio de 2014

Verifica el SAT expedición de facturas en comercios de AICM

 ·         Las verificaciones de establecimientos en el Aeropuerto son originadas por diversas denuncias ciudadanas

·         Las multas pueden alcanzar hasta los 69,000 pesos y la clausura preventiva, en caso de reincidencia.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través del Servicio de Administración Tributaria (SAT), realiza una verificación de expedición de facturas electrónicas en 16 establecimientos de las terminales 1 y 2 del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM)

Durante esta acción, que es resultado de diferentes denuncias ciudadanas, se están emitiendo las observaciones correspondientes y se está...

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Folio 33/2013-2014 Dictamen Fiscal 2013 Aspectos que se deben considerar y cumplir para su presentación.

Informacion emitida por el IMCP respecto al dictamen fiscal por el ejercicio 2013

Folio 33/2013-2014 Dictamen Fiscal 2013 Aspectos que se deben considerar y cumplir para su presentación.

A LOS CUERPOS DIRECTIVOS DE LOS COLEGIOS FEDERADOS

El Comité Ejecutivo Nacional del IMCP a través de la Vicepresidencia de Fiscal y de la Comisión Representativa ante las Administraciones Generales de Fiscalización del Servicio de Administración Tributaria (AGAFF), les recordamos que los Contadores Públicos Registrados (CPR) que dictaminen Estados Financieros del ejercicio fiscal de 2013 deben cerciorarse de tener y, en su caso, cumplir con los siguientes requisitos:

1.El contribuyente que dictamine el CPR deberá contar con su certificado de Firma Electrónica Avanzada (Fiel) vigente.

2.El CPR que vaya a dictaminar al contribuyente deberá contar con su certificado de Fiel vigente.

3.El CPR debió haber cumplido con su Refrendo de la Certificación Profesional.

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Folio 35/2013-2014 Dictamen Fiscal 2013 Verificación del cumplimiento de obligaciones fiscales del CPI

Aviso importante del IMCP

Folio 35/2013-2014 Dictamen Fiscal 2013 Verificación del cumplimiento de obligaciones fiscales del CPI

A LOS CUERPOS DIRECTIVOS DE LOS COLEGIOS FEDERADOS

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¿Cómo obtengo mi Cédula de Identificación Fiscal con mis datos, actividad económica, régimen y obligaciones?

Ingresa sucesivamente a:

  • Trámites
  • RFC
  • Servicios
  • Acuses
  • Reimpresíón de Acuses,  captura  tu  RFC  y contraseña, da clic en Generar Constancia.
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Se publica en el D.O. el INPC del mes de Abril de 201

ÍNDICE NACIONAL DE PRECIOS AL CONSUMIDOR

Con fundamento en los artículos 59, fracción III, inciso a) de la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, 20 y 20-bis del Código Fiscal de la Federación, y 23 fracción X del Reglamento Interior del Instituto Nacional de Estadística y Geografía corresponde al Instituto elaborar el Índice Nacional de Precios al Consumidor y publicar los mismos en el Diario Oficial de la Federación, por lo que se da a conocer lo siguiente:

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Se publica la Décima Resolución de modificaciones a la RMCE 2013

Con fundamento en los artículos 16 y 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1o. y 144 de la Ley Aduanera; 33, fracción I, inciso g), del Código Fiscal de la Federación; 14, fracción III, de la Ley del Servicio de Administración Tributaria y 3, fracción XXII, del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, el Servicio de Administración Tributaria resuelve expedir la:

DÉCIMA RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LAS REGLAS DE CARÁCTER GENERAL EN MATERIA DE COMERCIO EXTERIOR PARA 2013 Y SUS ANEXOS 22 Y 25.

Primero. Se realiza la siguiente adición a la Resolución que establece las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2013, publicada en el DOF el 30 de agosto de 2013:

A.     4.5.31. con una fracción XXI.

La modificación anterior queda como sigue:

4.5.31.. …………………………………………………………………………………………………………………

  1.     Tratándose de las empresas de la industria automotriz terminal o manufacturera de vehículos de autotransporte, que cuenten con la autorización a que se refiere la regla 3.8.1., apartado L, podrán exportar los vehículos a los que una empresa con Programa IMMEX, le incorpore opciones especiales (partes y componentes) importados temporalmente al amparo de su programa, presentando respectivamente, ante la aduana de salida, los dos pedimentos, uno por la exportación del vehículo y otro por el retorno de las mercancías importadas temporalmente por la empresa con Programa IMMEX, conforme al siguiente procedimiento:

a)       Tramitarán por conducto del mismo agente aduanal, el pedimento de exportación del vehículo y el pedimento de retorno de las opciones especiales con las claves que correspondan, conforme a los Apéndices 2 y 8 del Anexo 22;

b)       L...

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